Huelga del PDI
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ISSN: 1575-2844

Revista Vivat Academia

Histórico Año II

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Junio 2000. Nº 16

Les ofrecemos las últimas informaciones relativas a la negociación de los sindicatos con las autoridades académicas de la CAM

Resumen de la Mesa Técnica PDI-CAM (23 de mayo de 2000)
CCOO Informa
CSIF Informa
CCOO Informa 2
Información de la Junta de PDI (6 de junio de 2000)
Resumen del Informe de la Comisión Mixta Junta de Gobierno-PDI
Informe de la Comisión Mixta JG-PDI

RESUMEN DE LA MESA TÉCNICA DE PDI DE LA COMUNIDAD DE MADRID (celebrada el día 23 de mayo de 2000).

Asisten representantes de la Dirección General de Universidades de la Comunidad de Madrid, de los Sindicatos CCOO, CSIF y UGT, y de las Universidades Alcalá, Autónoma Carlos III, Complutense, Politécnica y Rey Juan Carlos.

El Director General de Universidades informa que la partida referida al complemento específico de los TEUs estaría disponible en las Universidades a finales de Junio, y que el 1 de Junio tendrá lugar en Sevilla una reunión de las CCAA con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para preparar la firma del acuerdo trilateral (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Universidades).

El Director General propone respecto al Complemento retributivo la temporalización del mismo en los dos primeros años (2001/2002) para funcionarios doctores a TC y en el tercer año se contemplaría la inclusión de TEUs no doctores y Ayudantes Doctores. Los tres Sindicatos (CCOO, CSIF, UGT) exponen su postura contraria a la propuesta.

Las Universidades Complutense y Politécnica opinan que el complemento retributivo debe contemplarse para todos los funcionarios de los cuerpos docentes.

La Universidad Carlos III propone que el complemento retributivo abarque a todos los funcionarios de los cuerpos docentes y Ayudantes Doctores, enfatizando que el mayor peso debe basarse en aspectos docentes.

La Universidad de Alcalá presenta un documento, elaborado en una Comisión mixta Junta de Gobierno - Junta de PDI, en el que se propone un complemento retributivo global que valore méritos docentes, investigadores y de participación institucional para todo el Profesorado Universitario, de cuantía variable en función de los méritos aportados por cada profesor, con un montante mínimo de 500.000 ptas. para todo el profesorado con dedicación a TC y proporcional para el profesorado con dedicación a TP y con una parte variable en función de los méritos cuyo importe máximo sería de 250.000 ptas. para cada periodo trianual.

Los Sindicatos manifestaron su oposición radical a aceptar un complemento que no contemple a todo el Profesorado universitario, y se recuerda al Director General que en el Acuerdo firmado el 10 de marzo de 2000, la propuesta que se iba a realizar era para TODO el profesorado universitario.

Hubo diversas intervenciones referidas a los baremos presentados y en varias ocasiones se solicitó a la DGU las cuantías disponibles.

El Director General de Universidades insiste en su propuesta inicial, que sería para funcionarios doctores (unos 5.000 en las Universidades de Madrid) y de una cuantía total de 550.000 ptas. aplicado en dos años (275.000 ptas. por año).

No obstante, ante la insistencia generalizada de que el complemento retributivo afecte a todo el Profesorado, el Director General de Universidades pidió un margen de tiempo para modificar su propuesta en función de las disponibilidades presupuestarias y revisar su distribución después de estimar el número de profesores que podrían optar a dicho complemento.

Aceptada esta propuesta se aplazó la reunión hasta el próximo lunes 5 de junio y los sindicatos manifestaron que en las IV Jornadas de Delegados de Juntas de PDI, que se celebrarían esa misma tarde, propondrían medidas de presión ante la falta de avance de la negociación y la exigencia de acelerar el proceso de negociación para que durante el mes de junio se cierre un Acuerdo sobre el complemento retributivo.

VALORACIÓN

Se constata una tímida cesión en las posiciones de la Dirección General de Universidades.

Así mismo las cantidades propuestas de forma indirecta (1.350 millones ptas. por año) son muy exiguas para las expectativas del Profesorado Universitario, teniendo en cuenta las de otras Comunidades Autónomas.

Por ello es conveniente preparar un conjunto de acciones de presión que aceleren el proceso de negociación y nos permitan conseguir que la obtención del complemento retributivo planteado en la plataforma reivindicativa presentada hace dos años, sea una realidad.

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CC.OO. INFORMA

APLICACIÓN DEL INCREMENTO RETRIBUTIVO DE LOS TEU Y OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE POLÍTICA DE PROFESORADO EN LA UA.

En los últimos días hemos asistido a un cruce de mensajes entre representantes en Junta de Gobierno por la candidatura avalada por la Junta de PDI y el Vicerrector de Profesorado y Departamentos, Prof. Eladio Montoya, ("Perlas de Junta de Gobierno" Nº1 y Escritos del citado Vicerrector de fecha 8 de mayo de 2000). En dos de estos escritos el Vicerrector remite a los TEU y Ayudantes una encuesta para conocer el interés de los mismos en los procesos de estabilización y promoción. La importancia del contenido de estos textos así como otras consideraciones anexas bien merecen algunas reflexiones:

I. SOBRE LA SUBIDA DEL COMPLEMENTO ESPECIFICO DE LOS TEU.

La propuesta de que la Universidad de Alcalá comience a satisfacer a los TEU el incremento de su complemento específico por un importe de 17.000 ptas, formulada por los Representantes de Profesores de la Candidatura de la Junta de PDI en la sesión de Junta de Gobierno del 27 de abril, fue recibida con absoluto desprecio por parte del Equipo Rectoral, consciente de que la maquinaria interna (suma y resta de votos) les era favorable. No faltaron los gestos de desaprobación hacia esta propuesta, llegando algunos miembros del Equipo Rectoral a manifestar que no era procedente someterla a aprobación e incluso dudando de la obligación de atender este acuerdo si llegara a aprobarse. La insistencia de los proponentes hizo posible que se sometiera a votación con el resultado negativo que ya conoces. No obstante, nos causó una enorme sorpresa el constatar que, además del apoyo habitual de los representantes de alumnos a la posición Rectoral, este veto tuviera también seguimiento en otros representantes de profesores pertenecientes a colectivos que sufren situaciones graves de precariedad en la UA. Incluso algún TEU votó igualmente en sentido negativo, probablemente por el efecto de estar dentro del campo visual del Rector. Este es el hecho recogido en la "Perla" Nº1.

El Vicerrector de Profesorado y Departamentos, en el apartado 1 de su escrito dirigido exclusivamente a los TEU (con r/s 1094) afirma:

"Aunque la Junta de Gobierno rechazó la propuesta de adelantar el pago del complemento aprobado para los profesores titulares de escuela por no haberse librado los correspondientes fondos, una vez conocido el coste total de este complemento, creo que estamos en condiciones de hacerlo, por lo que le he pedido a la Sra. Gerente su abono anticipado a partir de la nómina del mes de junio".

Nos satisface esta decisión del Vicerrector, pero supone una clara vulneración de un acuerdo (lamentable) de Junta de Gobierno, lo que evidencia el escaso respeto a las decisiones adoptadas en el citado órgano. El procedimiento adecuado por parte del Equipo Rectoral hubiera sido reconocer su error y haber devuelto esta cuestión a Junta de Gobierno para su aprobación reglamentaria. Desde CC.OO. le sugerimos que siga este camino por respeto a toda la Junta de Gobierno y, especialmente, a los que votaron con ellos en esa ocasión. La rectificación del Equipo Rectoral, con su generosidad sobrevenida, en cuanto a satisfacer por adelantado este complemento a los TEU, debería completarse disponiendo el pago de los atrasos por este concepto desde el 1 de enero de 2000. La cuantía de esta partida supondría solamente 21.828.000 ptas (6 meses, de enero a junio, a 17.000 Ptas/mes para 214 TEUs).

Esta cantidad no parece excesiva si se compara con la generosidad del Vicerrector de Asuntos Económicos y Estudiantes, Prof. José Antonio Gonzalo, expresada en la última sesión de Claustro, cuando se aprobaron los presupuestos para el año 2000, concediendo "graciosamente" la cantidad adicional de 10.000.000 ptas que venía a incorporarse a la partida de 24.257.000 ptas inicialmente prevista para la Representación Estudiantil y el Consejo de Estudiantes. ¿Qué tienen los estudiantes que no tenga el PAS y el PDI?

En todo caso, nos sorprende, al tiempo que nos alegra, este cambio de postura por parte del Equipo Rectoral que, inevitablemente, nos lleva a considerar que se ha iniciado ya el proceso electoral para la renovación del Claustro universitario que tendrá la responsabilidad de elegir un nuevo Rector en mayo del 2002. Sin que haya sonado el pistoletazo de salida, el actual Rector, Prof. Manuel Gala, ya ha iniciado la carrera electoral. En este contexto, el Equipo Rectoral ha dado marcha atrás en una medida que suponía un agravio hacia un colectivo de profesores, los TEU, especialmente castigado en esta Universidad. !!Debemos estarle agradecidos¡¡ Siguiendo en esa línea, le sugerimos que se atienda con la misma diligencia al cumplimiento del resto del Acuerdo sobre Promoción y Estabilización del Profesorado Universitario así como las reivindicaciones de la Junta de Personal Docente e Investigador pendientes de llevar a cabo, como son: reducción de la dedicación docente máxima de los TEU de 12 a 8 horas, mejora retributiva de los Profesores Asociados, transformando los contratos Tipo 2 en Tipo 3, entre otras.

II. ELADIO MONTOYA Y "SU" POLITICA DE PROFESORADO.

En este apartado nos vamos a referir al punto 2 del documento ya citado, al escrito dirigido exclusivamente a todos los ayudantes de Universidad y Escuela Universitaria en activo (r/s 1092) y al dirigido únicamente a los Directores de Departamento (r/s 1093).

En todos los documentos el Vicerrector manifiesta que sus actuaciones están directamente relacionadas con las obligaciones contraídas por la Universidad de Alcalá al firmar el acuerdo suscrito entre los Sindicatos, Comunidad de Madrid y Universidades Públicas de la Comunidad. Nos satisface que cumpla, después de más de un mes de insistencia, con el acuerdo de la Comisión de Departamentos de la UA de elaborar una encuesta institucional para conocer la voluntad de los profesores Ayudantes y TEUs sobre sus procesos de estabilización y promoción.

Sin embargo, en estas actuaciones el Vicerrector se olvida de los Profesores Asociados y de los TU, cuyos procesos de estabilización y de promoción también están recogidos en el Acuerdo por lo que es necesario hacer extensiva la encuesta a estos colectivos.

En el tercero de sus escritos (r/ 1093), el Vicerrector genera una confrontación entre el colectivo de los profesores Ayudantes con el de los TEUs al indicar a los directores de Departamento lo siguiente:

"Como también sabe, existe un pequeño colectivo de Ayudantes, a los que en su día la Junta de Gobierno autorizó la reconversión a TEUs. Como quiera que dentro del proceso de reconversión podría darse el caso de que una persona (TEU) con más méritos y antigüedad que otra (Ayudante), obtuviese su reconversión posteriormente, creo que el proceso debe realizarse de forma que se respeten los legítimos derechos de los TEUs doctores, es decir, que aunque las plazas que ahora se reconvierten sean las de los Ayudantes, los primeros reconvertidos sean los TEUs, de forma tal que los Ayudantes puedan optar a las interinidades dejadas libres. Que serían transformadas en plazas de TUs".

Este texto es un profundo disparate y manifiesta la confusión del Vicerrector y del resto del Equipo Rectoral, a la hora de establecer unos mecanismos que garanticen la transparencia y la equidad en el cumplimiento del Acuerdo sin que se generen conflictos entre diferentes colectivos docentes que deben tener garantizados sus procesos de estabilización y de promoción sin sobres.

Para finalizar, es oportuno hacer una breve mención a una coincidencia con el Vicerrector cuando dice textualmente, dirigiéndose a los TEUs y Ayudantes:

"Por último, me permito recordarle que esta es la única encuesta válida para los fines mencionados".

Obviamente, el interés de la encuesta que hicimos la Candidatura de Profesores de Junta de Gobierno era conocer directamente el interés de nuestros representados para defender sus intereses, tanto en la Comisión de Departamentos como en la Junta de Gobierno, independientemente de la importancia que tiene que los interesados formalicen sus peticiones ante los órganos competentes.

En fin, ante tal cúmulo de despropósitos, es necesario que todo el profesorado participe activamente en la defensa de sus intereses individuales y colectivos en este proceso para evitar que, dada su importancia, se vea devaluado por cualquier tipo de actuación restrictiva del mismo. Sugerimos al Vicerrector, Prof. Eladio Montoya, que no desarrolle "su" política de profesorado al margen de la Comisión de Departamentos y de la Comisión de seguimiento del Acuerdo de Estabilización y Promoción del Profesorado, formada por propio Vicerrector y representantes de los tres sindicatos que integran la Junta de PDI (CCOO, CSIF y UGT) y elabore una política consensuada que dé cumplimiento al Acuerdo.

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CSIF INFORMA

El día 22 de mayo tuvimos la Mesa Técnica de PDI de la Comunidad de Madrid, con representantes de las distintas universidades, la Dirección General y los sindicatos. El tema único era hablar sobre la posible mejora de condiciones retributivas del PDI, en aplicación del punto 5 del documento firmado el día 16 de Marzo pasado sobre el plan de estabilización.

Después de mucho tiempo hablando del universo al que se le debía aplicar la mejora, la Dirección General sólo quería hacerlo efectivo en un primer plazo de dos años a Catedráticos de Universidad, Titulares de Universidad y Catedráticos de Escuela, y dejar para el resto de compañeros en un tercer año.

Los sindicatos dijimos que el universo debía ser todo el colectivo de PDI, y que, si seguía en esa tesitura, nos levantábamos de la mesa. Al final quedamos en volver a reunirnos el día 5 de junio y que, para entonces, la Dirección General iba a estudiar la posibilidad de subirnos a todos aunque fuera menos.

De cualquier forma, la oferta era de 275.000 pts. anuales en dos años para un total de 5.000 PDI y le dijimos que eso era muy poco. A ver que sucede en la próxima reunión del día 5 pero yo saqué muy mala impresión (esto es un juicio de valor exclusivamente mío). Os seguiré informando.

Antonio Villarino

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CCOO INFORMA 2

Como recordareis, el pasado día 23 tuvo lugar una reunión de la Mesa Técnica de PDI en la que se negociaba la implantación del "Complemento Retributivo" para el profesorado universitario de las universidades públicas madrileñas. En el transcurso de la reunión, y que ante la insistencia de los sindicatos, y algunas universidades entre ellas la de Alcalá, de que el complemento retributivo afectase a todo el profesorado, y no sólo a los doctores de los Cuerpos Docentes, el Director General de Universidades pidió un margen de tiempo para modificar su propuesta en función de las disponibilidades presupuestarias y del número de profesores que podrían optar a dicho complemento. Por esa razón se aplazó la reunión hasta el próximo lunes 5 de junio.

Posteriormente, a instancias del Director General, se han celebrado dos reuniones entre los tres sindicatos, CCOO, CSIF y UGT, y el Director General los días 29 y 30, en las que quedó definida la pretensión de la Dirección General de conceder un complemento retributivo de una cuantía de 25000 ptas. mensuales, para el profesorado de tiempo completo y proporcional para el de tiempo parcial, única y exclusivamente para los años 2000 y 2001. Se pagarían con mucho retraso, en los años 2001 y 2002 respectivamente, y para los años siguientes ya se negociaría en los próximos años. Además se debería establecer un baremo riguroso, lo que supondría que no se podía garantizar que lo obtuviesen todos los profesores que lo solicitasen.

La respuesta de los sindicatos fue clara y unánime; no aceptaríamos una propuesta que se alejase de la formula de Baleares, que es nuestra referencia de mínimos, si bien podíamos diferirla de la siguiente forma:

Iniciar la aplicación del Complemento Retributivo que se concedería como estímulo y reconocimiento a la docencia y a la formación permanente de una cuantía de 600.000 ptas. por año, cuya aplicación se haría a razón de

- 300000 ptas. (25000 ptas./mes) en el año 2000, que podrían cobrarse como atrasos en el 2001. - 600000 ptas. (50000 ptas./mes) en el año 2001 y siguientes años.

Durante el próximo año negociaríamos cómo crecería en cuantía en los años 2002 y siguientes, y por que conceptos (estímulo y reconocimiento a la actividad investigadora y a la participación en la gestión institucional). También se revisaría en su conjunto en función de los cambios que se pudiesen producir cuando se negocie la modificación del sistema retributivo con la Administración Central, lo que deberá ocurrir durante el próximo otoño.

El Director General no cedió en sus posiciones y en consecuencia se finalizo la reunión sin acuerdo, en espera de la reunión de la Mesa Técnica del día 5. Al despedirnos le entregamos al Director General una copia del cartel y el escrito, que os hemos mandado a todos, convocando la CONCENTRACION-PITADA II, para el día 5, y la CORRECCIÓN DE EXÁMENES (JUNIO 2000) en DEPENDENCIAS y HORARIOS OFICIALES.

Durante el día de ayer la Dirección General se dirigió a los sindicatos para pedir que nos reuniésemos de nuevo el día 5, aplazando para otro día la reunión de la Mesa Técnica, e intentar llegar a un acuerdo previamente.

En consecuencia los Sindicatos presentes en la Mesa Negociadora ( CCOO, CSIF y UGT ) han considerado oportuno atender la petición y aplazar la CONCENTRACION-PITADA II, que se podría convocar en la semana del 12 al 16 de junio en el lugar y hora que se anunciará oportunamente.

Os informaremos puntualmente de los resultados de la reunión del día 5.

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INFORMACIÓN  DE LA JUNTA DE PDI (6 DE JUNIO DE 2000)

Como os anunciamos, ayer tuvo lugar una reunión entre la Dirección General de Universidades de la Comunidad de Madrid y los sindicatos CC.OO, CSIF Y UGT, sobre el complemento retributivo para el profesorado de las universidades madrileñas, en la que se llegó a un principio de acuerdo, que se elevará a la Mesa Técnica de PDI lo antes posible.

La cuantía inicial del complemento se establece en 600.000 pesetas anuales para el Profesorado de los Cuerpos Docentes, Ayudantes y Asociados con dedicación a tiempo completo, y proporcional, en función de las horas de dedicación, para el de tiempo parcial. Su aplicación se hará de modo gradual de acuerdo con las siguientes cuantías para el profesorado con dedicación a tiempo completo:

- 300000 ptas. en el año 2000 - 420000 ptas. en el año 2001 - 600000 ptas. en el año 2002 y sucesivos.

En el año 2002 se negociarán los criterios de evaluación para incrementar la cuantía inicial del complemento retributivo.

Para su obtención se realizará una evaluación de méritos mediante la aplicación de un baremo, aún por determinar, lo suficientemente ponderado para que la cuantía inicial acordada fuese concedida, prácticamente, a todos los profesores que lo solicitasen.

Mañana miércoles tendrá lugar otra reunión entre la Dirección General de Universidades de la Comunidad de Madrid y los Sindicatos, para completar el documento que se elevará a la Mesa Técnica de PDI, en el que se incluirá el baremo que regirá en el proceso de evaluación.

Os seguiremos informando puntualmente.

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RESUMEN DEL INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA JUNTA DE GOBIERNO - JUNTA PDI

Sobre mejoras salariales y de las condiciones de trabajo del PDI de la Universidad

COMPOSICIÓN: J. A.GONZALO, F. JORDAN DE URRIES, J. NAVLET, M. DURÁN, E. TÉLLEZ, S. ALBA

ACTUACIÓN

1) 5 reuniones entre los meses de febrero y abril 2) Estudio de esquemas de mejoras retributivas de diversas Comunidades Autónomas: País Vasco, Baleares, Navarra y Canarias 3) Redacción conjunta de un documento

PROPUESTAS

1) MEJORAS SALARIALES (vía Consejo Social y C.A. Madrid)

Complemento salarial de productividad del profesorado, con dos componentes A.1. Componente de pérdida de poder adquisitivo (1990-2000, 11,1%), igual para todos los profesores, y A.2. Componente relativo a labores de docencia, investigación y gestión, previa evaluación de la actividad por una Comisión nombrada al efecto, que daría como resultado una puntuación, en función de la cual se cobraría la cuantía del complemento

2) OTRAS MEJORAS PARA EL PROFESORADO (vía Consejo Social)

B.1. Año sabático garantizado al cumplir los 25 años de actividad. B.2. Una paga extra de 2 mensualidades añadida al año sabático.

3) COMPENSACIÓN POR DEDICACIÓN DE TEU INVESTIGADORES (vía Junta de Gobierno).

C.1. Reducción docente por méritos o compromiso explícito de investigación. C.2. Reducción por dedicación a la redacción de la tesis doctoral. C.3. Reducción por participación en programas de mejora de la calidad docente

4) OTRAS MEJORAS RELACIONADAS CON LA INVESTIGACIÓN (vía Ministerios, Consejo Social y Junta de Gobierno)

D.1. Contrato laboral para becarios de investigación. D.2. Programa de renovación y dotación de ayudantías y otro personal en formación. D.3. Dotación de plazas de técnicos de investigación para laboratorios y centros.

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INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA JUNTA DE GOBIERNO - JUNTA PDI

Mejora de las condiciones de trabajo y retribución del personal docente e investigador de la Universidad de Alcalá

Índice

1) Planteamiento y objetivos
2) Incentivos para la calidad docente e investigadora
3) Complementos retributivos para el profesorado de la Universidad
3.1. Antecedentes 3.2. Propuesta 3.3. Complemento para compensar la pérdida de poder adquisitivo 3.4. Complemento por rendimiento en las actividades universitarias
4) Situación contractual de los becarios de investigación
5) Otras mejoras
A. Dotación de personal auxiliar de investigación B. Programa de promoción y renovación del profesorado y personal de investigación C. Condiciones de equiparación de los TEU doctores e investigadores
6) Conclusiones
7) Anexos: complementos retributivos de diferentes Comunidades Autónomas

1.- PLANTEAMIENTO Y OBJETIVOS

Por mandato de la Junta de Gobierno, y para la redacción de un informe acerca de las posibilidades de mejora en las condiciones de trabajo y en las retribuciones del personal docente e investigador de la Universidad de Alcalá, se estableció en la sesión de 26 de enero de 2000 una Comisión Mixta, formada por miembros de la Junta de Gobierno y de la Junta del Personal Docente e Investigador. Los nombres y cargos de las personas que forman la Comisión figuran al final de este informe.

El objetivo de la citada Comisión era el de reflexionar sobre las posibilidades que la Universidad de Alcalá tendría para responder a determinados planteamientos que la Junta de PDI recogió en un documento de discusión con ocho puntos, denominado "Reivindicaciones de la Junta de Personal a la Comunidad de Madrid y a la Universidad de Alcalá", todos ellos tendentes a la mejora de las condiciones de trabajo o a las retribuciones de los miembros del personal docente e investigador.

Tras las reuniones y discusiones de la Comisión, ha quedado claro que algunas de las peticiones pueden ser atendidas por la Universidad, si así se establece, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno refrendado por el Consejo Social. Otras, por el contrario, han de ser solventadas en otras instancias, en particular por Comunidad Autónoma de Madrid o por los Ministerios de Educación y Cultura o Trabajo.

Las reflexiones y conclusiones que se ofrecen a continuación persiguen, ante todo, constituir un punto de apoyo para las discusiones de la Junta de Gobierno, que en su caso podrá elevarlas a acuerdos ejecutivos, o bien trasladarlas a los órganos e instituciones competentes como consejos o demandas de actuación concreta.

2. INCENTIVOS PARA LA CALIDAD DOCENTE E INVESTIGADORA

De acuerdo con los documentos emitidos por el propio Consejo de Universidades, y en el marco de una planificación estratégica de la Universidad, cabe destacar como objetivo prioritario el alcance de una óptima calidad docente e investigadora. Para ello se han de diseñar una serie de incentivos que redunden en la mejora del rendimiento académico.

Como actuaciones específicas en esta dirección pueden apuntarse:

a) Dimensionar la dedicación del profesorado al diseño de nuevos programas docentes; en especial si implican la utilización de nuevas tecnologías de enseñanza. Las Administraciones deberán afrontar los recursos necesarios para responder a la demanda creciente de competitividad científica, tecnológica y cultural por parte de la sociedad.

Será el Consejo Social quien defina las acciones en este sentido, de acuerdo con la Junta de Gobierno.

b) Años sabáticos que permitan el perfeccionamiento y preparación de una docencia actualizada.

En este caso, la propuesta es conceder un año sabático a todos los profesores, de forma automática, tras 25 años de actividad universitaria; con la inclusión de un pago extraordinario equivalente a dos pagas mensuales completas.

La concesión sería solicitada por la Junta de Gobierno que, una vez considerada la opinión del Departamento, podría aprobar la sustitución del profesor si la carga docente del Área se viese claramente resentida. La Junta de Gobierno enviaría un informe con la petición al Consejo Social.

La concesión de la paga extraordinaria deberá ser aprobada por el Consejo Social, una vez estudiado el informe favorable por parte de la Junta de Gobierno. Desde luego, la aprobación ha de hacerse individualizadamente, siguiendo el tenor de la Ley, pero el Consejo Social podría tomar un acuerdo genérico y refrendar cada una de las propuestas que le llegarán de forma automática.

La concesión de año sabático llevaría los mismos trámites que se exigen en el momento actual (petición del interesado, plan de actuaciones o visitas a llevar a cabo e informe final sobre los resultados obtenidos en los doce meses), salvo lo relativo al acuerdo del Departamento y a la Junta de Gobierno, que lo pasarían en el aparado de información o en asuntos de trámite.

c) Reconocimiento al rendimiento y a la eficacia investigadora. Bien sea mediante la obtención de tramos extraordinarios o con la financiación de programas de investigación que deriven de los anteriores. También podría pensarse en la reducción de la carga docente como compensación al rendimiento alcanzado en la actividad investigadora.

La concesión de ambos deberá depender de la Junta de Gobierno y del Consejo Social.

Se trata, en definitiva, de potenciar el nivel de la enseñanza universitaria y simultáneamente, expandir las funciones investigadoras que tradicionalmente ha venido desarrollando la Universidad. La valoración de la alta cualificación y especialización junto con la creación y transmisión de saberes debería ser una clara responsabilidad de las autoridades universitarias puesta de manifiesto con los consiguientes incentivos. En el siguiente apartado se hace una justificación de la petición y se concreta la propuesta.

3. COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS PARA PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD

3.1. ANTECEDENTES

Las retribuciones del profesorado universitario han venido sufriendo, en la última década, una importante pérdida del poder adquisitivo, que podría estimarse en un 11,2%, considerando la suma acumulada de las diferencias anuales entre las subidas del IPC y las subidas generales aprobadas por el Gobierno para los funcionarios.

Por otra parte existen importantes diferencias retributivas en comparación otros Cuerpos de la Administración General del Estado y de la Administración Autonómica, de la que dependemos económicamente desde que se produjo la transferencia de competencias sobre Universidad. A todo lo anterior se añade la ausencia de reconocimiento retributivo del título de Doctor, exigido a la mayoría del Profesorado universitario.

Por todo lo anterior el Profesorado de las universidades de Madrid y los Sindicatos vienen exigiendo, desde hace dos años, la recuperación del poder adquisitivo de los salarios y la homologación retributiva con los funcionarios dependientes de la Comunidad Autónoma.

Para resolver esta situación, diversas Comunidades Autónomas han configurado un procedimiento para incrementar las retribuciones de sus profesores universitarios, estableciendo complementos retributivos de acuerdo con el artículo 46.2 de la L.R.U. En el anexo al presente documento se pueden encontrar resúmenes de los complementos aprobados para las Universidades del País Vasco, Baleares, Navarra y Canarias.

3.2. PROPUESTA

Los presupuestos de la Comunidad de Madrid para el año 2000 establecen la posibilidad de que el Gobierno de la misma, compense a las Universidades por la concesión de complementos retributivos concedidos por los Consejos Sociales al profesorado en aplicación del artículo 46.2 de la L.R.U.

En esta línea proponemos, al Consejo Social y a la Comunidad de Madrid, la creación de un complemento retributivo personal por méritos individuales, para que al mismo tiempo que se da satisfacción a las demandas razonables del profesorado universitario, se incentive la labor docente, investigadora y la necesaria participación de los mismos en la gestión institucional.

El complemento tendría dos componentes:

- El primero de los componentes, de carácter lineal, pretende cubrir la pérdida de poder adquisitivo señalado al comienzo de este punto, y está evaluado considerando el efecto que la perdida de poder adquisitivo supone para el sueldo y complementos de los profesores de los cuerpos docentes.

- El segundo componente pretende incentivar los esfuerzos docentes, de investigación y de gestión llevados a cabo por los profesores universitarios. Es un complemento de rendimiento conjunto para retribuir la totalidad de la actividad universitaria que requiere someter periódicamente a evaluación el conjunto de tareas llevadas a cabo por el estamento docente, de forma que el importe del mismo sea proporcional a la puntuación ponderada obtenida en la evaluación.

A continuación se desarrollan más extensamente ambas propuestas.

3.3. COMPONENTE COMPENSATORIO DE LA PÉRDIDA DE PODER ADQUISITIVO

La pérdida de poder adquisitivo del decenio 1990-1999 ha venido motivada por razones de ajuste de todos conocidas, relacionadas con el cumplimiento de los criterios de convergencia para la entrada en la Moneda Única Europea. Sólo en dos años (91 y 98) la subida de salarios ha sido algo mayor que la inflación, en los demás se han experimentado pérdidas de poder adquisitivo. Por otra parte, en los años 94 y 97 no hubo subida alguna para los empleados del sector público.

Año Tasa variación Tasa variación salarios IPC DIFERENCIA DIFERENCIA ACUMULADA
1990 6 6,73 -0,73
1991 7,2 5,93 1,27
1992 5,7 5,92 -0,22
1993 1,89 4,57 -2,68
1994 0 4,72 -4,72
1995 3,5 4,67 -1,17
1996 3,5 3,56 -0,06
1997 0 1,97 -1,97
1998 2,1 1,83 0,27
1999 1,8 2,9 -1,1
-11,11

Para compensar la pérdida de poder adquisitivo, los empleados de la Universidad deberían ser compensados con subidas que paliarán la erosión sufrida en sus remuneraciones.

Como media, esto supone un complemento de 500.000 ptas. anuales para los miembros de los diferentes cuerpos docentes (Catedráticos y Titulares), así como para todo el resto del PDI contratado a tiempo completo.

Cabría pensar en una solución parecida para los contratados a tiempo parcial, pero reduciendo el complemento a la proporción que su dedicación represente sobre la que corresponde a la dedicación exclusiva a la Universidad

3.4. COMPLEMENTO POR RENDIMIENTO EN LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS

Este complemento tendría el carácter de complemento de productividad, pero no sería por una actividad específica, de las que constituyen el quehacer del PDI en las universidades, sino por la labor llevada a cabo en conjunto, entendiendo que deberían ponderarse las tres facetas de la vida universitaria: dedicación a la docencia, dedicación a la investigación y dedicación a la gestión.

La base de este complemento es una media ponderada de las realizaciones en las tres áreas de actividad, que en cierta manera son excluyentes, es decir, que normalmente no cabría esperar obtener la máxima puntuación en todas ellas.

En la dedicación a la docencia cabría evaluar la eficacia en la impartición de clases, la dedicación a las tutorías y seminarios con los alumnos, la redacción de material docente (libros, ejercicios, casos, experimentos y prácticas de laboratorio, etc.), la utilización de medios tecnológicos y de otras fórmulas de desarrollo docente. Podría tenerse en cuenta, asimismo, el resultado de la evaluación llevada a cabo por los estudiantes y las mejoras introducidas en la relación con ellos. El resultado sería un índice de rendimiento docente (RD), que se podría expresar como un porcentaje sobre el nivel máximo alcanzable en condiciones normales.

En la dedicación a la investigación cabría evaluar la pertenencia a grupos de investigación, la consecución de subvenciones a la investigación y de contratos con empresas y organismos exteriores a la Universidad. También deberían tenerse en cuenta la dirección de Tesis u otros trabajos de investigación. Por supuesto, las publicaciones científicas serían un elemento clave para la valoración que se propone, que arrojaría en su conjunto un índice de rendimiento investigador (RI), que se podría expresar como un porcentaje sobre el nivel máximo alcanzable en condiciones normales.

La dedicación a la gestión no está retribuida en todos los casos (es el caso de los subdirectores de Departamento, de los miembros de las Juntas de Facultad o de la Junta de Gobierno) y cuando lo está no representa una compensación que vaya pareja al esfuerzo realizado. Normalmente se precisan muchas horas extras para compensar la mínima dedicación a la gestión, puesto que no va acompañada por una disminución sensible de otros compromisos docentes o de investigación. La dedicación a la gestión podría también evaluarse y remunerarse adecuadamente en todos los niveles a través del complemento que se propone, al que podrían acceder todos los que hubieran tenido cometidos de gestión en el período evaluado. El resultado de la evaluación arrojaría un índice de rendimiento en la gestión (RG), que se podría expresar como un porcentaje sobre el nivel máximo alcanzable.

El índice de rendimiento conjunto de la actividad investigadora tendría un valor igual a la media ponderada de los tres anteriores, utilizando la misma ponderación para la docencia y para la investigación, y la mitad para la gestión. De esta forma el índice de rendimiento conjunto universitario se calcularía utilizando la expresión:

IRC = 0,4 x RD + 0,4 RI + 0,2 RG

Puesto que se trata de una combinación lineal de porcentajes, el resultado también vendría expresado en porcentaje, y así el IRC sería una evaluación que tendría como máximo 100, de forma que el complemento se obtendría multiplicando el importe del complemento por el índice.

Con este tipo de evaluación se ofrecería un índice compuesto que evaluaría el conjunto de actividades llevadas a cabo por el profesor o investigador, de forma que se superarían los problemas que plantea la actual evaluación por tramos, donde el resultado sólo puede ser positivo (y se cobra todo el complemento) o negativo (y no se percibe nada).

En el diseño de este componente del complemento se ha tratado de huir de las propuestas que den como resultado la evaluación en términos dicotómicos (esto es, se ha rechazado que haya una evaluación positiva - todo - o negativa - nada -), de forma que el valor normal del índice estaría en una gama media de valores en todos los casos (por ejemplo entre en 30 y el 70%), si se admite, como es lógico, que nadie puede hacer las tres actividades rindiendo el 100% en cada una de ellas.

El complemento de rendimiento se solicitaría, y se concedería, trienalmente, con un importe de 250.000 ptas anuales máximas por trienio. Por ello, la compensación correspondiente a un determinado tramo de tres años, para un profesor en concreto, se obtendría multiplicando por el índice IRC la cuantía máxima de 250.000 ptas.

Para la evaluación del rendimiento en las actividades universitarias se procedería de la siguiente manera:

a) Las reglas para la evaluación de cada uno de los índices de rendimiento serían públicas e iguales para todas las Universidades de Madrid.

b) Los índices parciales serían evaluados por tres comisiones distintas en cada una de las universidades, que estarían formadas por tantos miembros de la propia universidad como externos, y presididos por un miembro externo, perteneciente al Consejo Social. La evaluación final debería ser aprobada por el Pleno del Consejo Social, de forma individualizada, así como los complementos a los que dieran derecho.

c) Contra las decisiones de los Consejos Sociales, instrumentadas a través de resoluciones del Rector, podrían interponerse recursos, que serían resueltos por una única Comisión que operaría para toda la Comunidad de Madrid, cuya misión sería velar por la aplicación uniforme de las reglas aprobadas para todas las universidades de la Comunidad Autónoma.

4. SITUACIÓN CONTRACTUAL DE LOS BECARIOS DE INVESTIGACIÓN

Probablemente la figura más paradójica de las existentes en la universidad española es la del becario de investigación, un profesional titulado, vinculado a la universidad correspondiente, de la que obtiene los fondos que le permiten sobrevivir; dependiente jerárquicamente de un profesor a través de un proyecto de investigación; formando equipo con otros becarios, investigadores y profesores en el Departamento al que está asignado; pero considerado como un meritorio sin apenas derechos.

Hay condiciones de trabajo que se pueden calificar como empleo precario, pero en el caso de los becarios de investigación ni siquiera se puede utilizar este apelativo, puesto que no es de ninguna manera un empleo, ya que carece de cualquier derecho de los que asisten al resto los trabajadores, entre los que cabe destacar:

- no tiene derecho a asistencia médica por parte de la Seguridad Social (se soluciona con pólizas médicas colectivas), ni a prestación por desempleo, enfermedad o incapacidad laboral de cualquier tipo u origen;

- no tiene acceso a la representación sindical, aunque su grupo como tal pueda estar representado en los órganos de gobierno.

El hecho de que la relación que liga a los becarios a la universidad sea necesariamente temporal, puesto que está relacionada con su período de doctorado, o con la especialización como investigador, o como parte de un contrato o proyecto de investigación financiado por fondos públicos o privados, no puede servir como justificación para desatender esta figura, que tiene tanta importancia en el desarrollo de la investigación en España.

Las reflexiones efectuadas por esta Comisión Mixta nos lleva a solicitar la condición de contratado laboral para los becarios de investigación, abandonando las prácticas actuales por injustas y discriminatorias, aunque también se podría pensar en una figura especial de contratado administrativo, si la anterior no fuera posible. Con ello:

- se dignificaría una labor ejercida por titulados universitarios, con plena capacidad profesional, lo que les distingue de otras figuras de contratados en la universidad (por ejemplo los alumnos colaboradores en Departamentos, en aulas informáticas, en bibliotecas, etc.), que no cuentan con ninguna cualificación profesional avalada por un título de diplomado, licenciado, ingeniero o arquitecto;

- se normalizaría su situación como personal dependiente de la institución universitaria en régimen laboral (o administrativo en su caso), y

- se atenderían sus contingencias sanitarias y sociales como el resto de los trabajadores, al estar incluidos en la Seguridad Social.

Por el momento, sin embargo, esta posibilidad no puede ser alcanzada por la Universidad de Alcalá aisladamente, porque la mayoría de los becarios (FPI, CYCIT, FISS...) "gozan" de condiciones que imponen los organismos convocantes de las plazas, y no es posible modificar su régimen, por lo que la Junta de Gobierno y, en su caso, el Consejo Social de la Universidad debieran dirigirse a las instancias pertinentes para que se promoviera su cambio de régimen, lo que -habida cuenta del encarecimiento que supone- tomaría bastante tiempo.

En concreto, debiera ser el Ministerio de Educación y Cultura, sólo o conjuntamente con el Ministerio de Trabajo, el que realizase los cambios legislativos pertinentes, disponiendo que la convocatoria de becas de investigación se sujetase a un régimen como el que se ha discutido arriba.

Por su parte, la Comunidad Autónoma de Madrid debiera también manifestar una intención clara de trabajar por la rehabilitación legal de la relación de los becarios de investigación de las universidades que de ella dependen, buscando las vías para transformar, en la medida de sus posibilidades, las condiciones que les afectan.

5 OTRAS MEJORAS

A continuación se reseñan algunos tipos de mejoras que, por no caber en los apartados precedentes, o por corresponder a ámbitos diferentes de la vida universitaria, requieren un tratamiento más pormenorizado. Esta lista, que no es exhaustiva, refleja algunas de las preocupaciones manifestadas por los miembros de la Comisión y debatidas por todos para llegar a un punto de acuerdo.

A. DOTACIÓN DE PERSONAL AUXILIAR DE INVESTIGACIÓN

De la misma forma que la calidad docente depende del número y cualificación de las personas que atienden a los servicios educativos (distintos de los profesores y los alumnos), la calidad de la investigación depende fuertemente de los medios puestos a disposición de los investigadores por los organismos públicos donde desarrollan su trabajo los investigadores.

En la Universidad de Alcalá, a pesar de haberse emprendido algunas acciones para mejorar la infraestructura de la investigación, ya sea a través de centros de apoyo (Centro de Experimentación Animal, Planta Piloto de Química Fina, Centro de Microscopía Electrónica, etc.) o de dotación de fondos para compra de aparatos (por ejemplo a través de las convocatorias FEDER), no se ha emprendido hasta el momento un estudio serio de las necesidades de personal de apoyo para la investigación (técnicos de laboratorio, especialistas en el manejo de aparatos, etc.).

La dotación de este tipo de personal, en las áreas donde hay mayor demanda de investigación, equilibraría el peso que, hasta el momento, ejerce el personal investigador (doctores, becarios, etc.), permitiendo una mejora de la productividad de éste, al poderse dedicar a actividades más relacionadas con la producción científica, y menos relacionadas con labores rutinarias.

Como es lógico, debería llevarse a cabo un estudio de las áreas de conocimiento, con su carga de trabajo, sus proyectos y sus necesidades, para decidir sobre la política más conveniente en cuanto a la dotación de medios humanos.

En todo caso, el porvenir de la Universidad de Alcalá, que por su naturaleza tiene que descansar largamente en la investigación científica, depende de una adecuada estructura de equipos físicos y organización, donde el personal de apoyo, como parte de esa infraestructura, debe desempeñar un papel auxiliar muy importante.

B. PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y RENOVACIÓN DEL PROFESORADO Y PERSONAL DE INVESTIGACIÓN

Aunque todavía la Universidad de Alcalá tiene como principal cometido la docencia de pregrado, siendo la investigación importante sólo en algunas áreas, y la enseñanza de postgrado todavía relativamente pequeña, en un futuro no muy lejano el centro de gravedad de la actividad universitaria se situará mucho más cerca de éstas otras actividades que hoy tienen un peso menor, al mismo tiempo que irá perdiendo relevancia la enseñanza tradicional en diplomaturas, licenciaturas e ingenierías.

La planificación de la actividad universitaria a largo plazo (10-20 años) pasa necesariamente por disponer de un cuerpo de investigadores con competencia y motivación suficiente para afrontar los retos que va a plantear el futuro, donde la rivalidad entre universidades, centros públicos de investigación y organizaciones privadas se acentuarán para buscar y conseguir proyectos financiados de investigación.

Si éste va a ser, inevitablemente, el futuro, la preparación de las personas que van a tener que actuar como investigadores, y la planificación de los puestos que les corresponden en el organigrama de la Universidad es un tema de hoy, que debe ser abordado sin demora.

Por ello, la dotación de plazas y la asignación de trabajos, de la misma forma que el control de los mismos, debe desplazarse más y más hacia las tareas de investigación, de forma que el cometido habitual de los profesores de los cuerpos universitarios pueda ser definido de diferente forma que se hace en la combinación tradicional enseñanza-investigación. Con ello se podrá llegar a definir una plantilla exclusiva o preferentemente ligada a la investigación científica, financiada con fondos públicos o privados, con una responsabilidad y un tipo de control diferente de los tradicionales.

La definición de esta plantilla "de investigación" permitirá no sólo la dotación de nuevas plazas, sino la reconversión o promoción de una parte del personal existente en la Universidad, cuyas capacidades de seguir una carrera académica están hoy muy limitadas por la falta de demanda en sus respectivas áreas de trabajo.

C. CONDICIONES DE EQUIPARACIÓN DE LOS TEU AL RESTO DE LOS CUERPOS DOCENTES

En línea con el punto anterior, las condiciones de trabajo de los Titulares de Escuela Universitaria que sean doctores o investigadores podrían ser rediseñadas, de forma que pudieran justificar una parte de su elevada dedicación docente actual (36 créditos / año), en forma de producción científica o dedicación al desarrollo de proyectos de investigación o docencia de calidad.

En muchos casos, esto significaría también el diseño de oportunidades de investigación, incluso por inserción en otros proyectos o por la creación de grupos multidisciplinares, que permitieran a los implicados optar, temporal o permanentemente, por la actividad investigadora.

Las fórmulas a utilizar podrían ser objeto de estudio y aprobación por los órganos de la Universidad, singularmente por la Junta de Gobierno, pero irían desde la exención docente parcial para los que estuvieran haciendo su tesis doctoral (por un período de 3 a 5 años, no renovable), hasta la exigencia de un nivel de investigación científica para los que optaran por la investigación (sexenios, puntuación en investigación, evaluación de la tarea realizada, etc.).

De igual modo, podría procederse a la reducción de la carga docente de los TEU, con independencia de su dedicación a la investigación, como consecuencia del elevado grado de especialización que presentan los planes de estudio de las titulaciones de primer ciclo que se imparten actualmente. Esta especialización requiere una esmerada atención académica por parte del profesorado, y una necesidad de formación que es difícilmente atendible por el profesor con una carga docente tan elevada. Por ello, se propone también, como mecanismo alternativo a los anteriores, diseñar una reducción de la carga docente por actividades relacionadas con la participación en programas de mejora de los conocimientos y actualización de los mismos, organizados o aprobados por la Universidad.

El objetivo final es que, con este régimen de exención docente, siempre justificado por la dedicación del profesor a actividades de perfeccionamiento o de investigación, se pudiese conseguir la equiparación de las obligaciones docentes de los TEU a las que rigen para el resto de los cuerpos docentes universitarios, en un período no superior a dos cursos académicos (una posibilidad es lograr para el curso 2000-01 la reducción general de 6 créditos y para el 2001-02 la reducción de otros 6 créditos de docencia anual).

6. CONCLUSIONES

Con este informe se ha querido dar cumplimiento al mandato de la Junta de Gobierno, que en su sesión de 26 de enero de 2000 estableció una Comisión Mixta, en la que dio participación a al Junta del PDI, para estudiar las posibles mejoras en las condiciones de trabajo del personal docente e investigador de la Universidad de Alcalá.

En las diferentes reuniones habidas se han puesto de manifiesto los problemas a los que se enfrenta el PDI, así como las posibles soluciones, que pasan por distintas soluciones y se concretan en medidas y acuerdos a tomar por la propia Universidad de Alcalá (ya sea a través de la Junta de Gobierno o del Consejo Social), por la Comunidad Autónoma de Madrid y por otros organismos y entidades públicas.

En el capítulo de mejoras salariales para el profesorado y el resto del personal docente e investigador, se han propuesto dos tipos de medidas:

* la más importante es la creación de un complemento con dos componentes, uno igual para todos que compense la pérdida del poder adquisitivo sufrido en la última década, y el otro que venga a retribuir las labores de docencia, investigación y gestión, que sería concedido previa evaluación de la labor realizada cada trienio en estas tres dimensiones de la actividad universitaria, y * otras medidas relativas a la compensación a largo plazo de los docentes e investigadores, consistente en el disfrute de un año sabático, acompañado de una paga, al cumplir los 25 años de servicio universitario.

En la Comisión Mixta se ha tratado con detalle la situación de los profesores Titulares de Escuela Universitaria. Se propone un plan de reducción de sus cometidos docentes, para equipararlos a los del resto de los cuerpos docentes, a cambio de la realización de actividades de investigación, incluida la realización de estudios de doctorado o la redacción de la Tesis Doctoral, o de mejora y perfeccionamiento de la capacidad docente.

Por último, se proponen medidas complementarias que tienen que ver con las condiciones de trabajo de los becarios de investigación, para los que se propone un contrato de carácter laboral o administrativo, así como con la dotación de plazas de ayudantes, personal en formación y técnicos de investigación para laboratorios y otros centros.

7. ANEXOS:

COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS DE DIFERENTES COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Se incluyen a continuación unos resúmenes, preparados por la Comisión Mixta, de los diferentes complementos retributivos vigentes en las Comunidades Autónomas que los han aprobado.

Complementos retributivos del profesorado de las Universidades de Canarias

Afecta a todos los Profesores, funcionarios y contratados, con dedicación a tiempo completo o parcial, con 2 años de antigüedad en las Universidades de Canarias.

Hay 6 tipos de complementos:

1.- Complemento de reconocimiento de la dedicación docente 2.- Mérito docente 3.- Estímulo a la especialización ( exclusivo para TEU) 4.- Aportaciones creativas a la docencia universitaria 5.- Docencia de graduación, postgrado, e inserción laboral 6.- Méritos relevantes asociados a actividades de I+D

Número máximo de complementos a percibir: 4

Cuantía:

Profesores a tiempo completo: 250.000 ptas. por año y complemento
Profesores con dedicación a tiempo parcial: 6 horas 187.500 ptas. por año y complemento; 5 horas 156.250 ptas. por año y complemento; 4 horas 125.000 ptas. por año y complemento; 3 horas 93.750 ptas. por año y complemento

Complementos retributivos del profesorado de la Universidad del País Vasco (UPV)

Afecta solamente a los Profesores de los cuerpos docentes, con dedicación a tiempo completo, con 2 años de antigüedad en la U.P.V.

Hay 3 categorías de complementos:

1.- Complemento por evaluación docente: Se pueden obtener 3 tramos (el primero a los 4 años de actividad docente, el segundo a los 12 años y el tercero a los 18 años). Un cuarto tramo para TEU no doctores con 24 años de docencia

2.- Complemento por evaluación de la investigación: Se pueden obtener 3 tramos (el primero tras la obtención del primer sexenio de investigación, el segundo con el segundo sexenio, y el tercero con el tercer sexenio). Un cuarto tramo por excelencia investigadora

3.- Complemento por participación en actividades institucionales: Se pueden obtener entre 0,25 y 2 tramos por ostentar cargos unipersonales, desde rector a secretario de departamento.

Número máximo de tramos a percibir: 7. Los C.U., con 20 años de antigüedad, pueden obtener otros 2 tramos más por excelencia.

Cuantía: 250.000 ptas. por año y tramo

Complementos retributivos del profesorado de la Universidad de Navarra

Muy semejante al procedimiento del País Vasco

Complementos retributivos del profesorado de la Universidad de Baleares (UIB)

Afecta a los Profesores de los cuerpos docentes, con dedicación a tiempo completo y 2 años de antigüedad en la U. I. B.

Existen 3 tipos de complementos retributivos para el personal docente e investigador: 1.- complemento de estímulo y reconocimiento a la docencia y a la formación permanente. Cuantía: 600.000 ptas. por año 2.- complemento de estímulo y reconocimiento a la actividad investigadora. Cuantía: 300.000 ptas. por año. 3.- complemento de estímulo y reconocimiento a la excelencia investigadora. Cuantía: 250.000 ptas. por año

Además existe: - Un complemento retributivo de reconocimiento y especialización de los T.E.U., con una cuantía de 60.000 ptas. por año.

- Un complemento retributivo de estímulo a la formación docente e investigadora de los Ayudantes de Universidad y de escuela Universitaria, con una cuantía de 300.000 ptas. por año

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