Opinión y Debate
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ISSN: 1575-2844

Revista Vivat Academia

 Histórico. Año VI

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Noviembre 2003. Nº 50

Contenido de la sección:

Abajo la ciencia, viva el fútbol (Álvaro Roldán)
El Juicio de la Crítica (JMDB)
Carnavales de Cádiz (José Vicente)
Manifiesto por un Jurado Público, soberano y competente ("AJURA" Asociación de apoyo al Jurado Público)
RECORTES
Las oposiciones del «arriba españa» (Amando De Miguel. Diario "La Razón")

Nota de Vivat Academia: Todavía no hemos podido conseguir el informe de la UAH, sobre el aumento de los casos de cáncer en las cercanías de la central nuclear de Trillo. Seguiremos intentándolo.

Abajo la ciencia, viva el fútbol

Álvaro Roldán

Atención a la noticia que me acabo de topar:

El PSC exige la dimisión de Ruano por faltar a la verdad en el Parlamento.

El Gobierno de Canarias desvió un millón de euros destinados inicialmente a financiar el Plan Canario de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+I) para costear el pago de los derechos de retransmisión de fútbol de primera división por la televisión autonómica.

Sin comentarios.

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El Juicio de la Crítica

JMDB

Sinceramente no se si me molesta más la actitud pasota y conformista de la gente que no es capaz de levantar la voz en contra de la más flagrante injusticia, aunque la esté padeciendo en primera persona, –"el sí de las niñas"- o esos otros cuya primordial actividad en la vida es criticar todo y a todos, pero sin dar solución o alternativa alguna -seguramente por que no tienen idea alguna que dar- a todo aquello que tanto critican.

Pero quizás los peores son aquellos que no soportan a los que critican por el mero hecho de que critican. Si esos de: "siempre criticando, siempre criticando". No se fijan siquiera si el que hace uso de la crítica lo hace en conciencia, dando soluciones y alternativas al juicio que han emitido sobre un hecho o persona concreta y sintetizando la razón del problema implícito. Les da igual, califican y juzgan al que critica por el mero hecho de que hace uso de la crítica, sin darse cuenta que ellos mismos son los primeros en caer en el "defecto" que tanto les molesta, pues acaban criticando ,sin más, al que critica. Ellos mismos se descalifican pues caen en su: "siempre criticando, siempre criticando" que tanto odian del contrario, pero sin dar ningún argumento que apoye su calificación.

Nos encontramos, en la Universidad, en una situación que es un auténtico caldo de cultivo para la crítica. Pero para la crítica constructiva. Frente a un proceso de Convergencia (a mi entender pobre en ideas y nulo en debate) llamado coloquialmente de Bolonia en el que se pretende, sin más, homogeneizar los Estudios Universitarios de cara a una supuesta (y digo lo de "supuesta" porque siempre la hubo y dudo mucho que la tan manoseada Convergencia de Bolonia la vaya a mejorar o impulsar, pues en España lo que siempre ha fallado, y falla, es el aprendizaje de los idiomas, que son el pilar fundamental de la movilidad) movilidad de estudiantes y profesionales, se empiezan a escuchar, por fin, voces discordantes que denuncian el empobrecimiento intelectual y profesional al que nos pretende someter Bolonia. La homogeneidad de los Estudios se está traduciendo en una simple uniformidad empobrecedora que pretende acabar con las peculiaridades (beneficiosas) de las distintas licenciaturas, diplomaturas, ingenierías e ingenierías técnicas. Es el empobrecimiento de la uniformidad frente al enriquecimiento de la diversidad. Y frente a esta nueva corriente crítica, las renovadas prisas por empezar a cuajar el nuevo gran desastre de la Universidad Europea en general y Española en particular: dos años (hasta el 2005) para dar pasos de gigante (y de estúpido, añado yo) en el camino de la Convergencia Europea (Bolonia) que se quiere dar por concluido (cerrar el proceso de convergencia de Títulos) en el 2010. ¡Qué Dios nos asista!

Una sociedad sin autocrítica es una sociedad muerta, y una universidad que no se mira a sí misma y que no tiene capacidad para la autocrítica es una universidad muerta. Es necesaria una constante evolución, y la crítica honestamente ejercida se traduce en eso mismo: avance y progreso. Y para que exista esa deseable evolución no estaría de más que fijáramos o definiéramos la cumbre u objetivo final como un referente utópico e inalcanzable al que siempre se tienda a ir. En la Universidad de Alcalá tendremos que conformarnos, por ahora, en dejar atrás el escepticismo y la decepción heredados de la fatídica era Gala. Estamos quemados y todavía no nos hemos desquemado. Y mientras esto último llega yo os recomiendo que critiquéis, pero con juicio, que algo queda.

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Carnavales de Cádiz

José Vicente. Universidad de Murcia.

La noticia se publicó en el Diario de Cádiz. Los comentarios del remitente van en cursiva y negritas.

Profesora versus catedrática

Una ex docente de Medicina pide dos años de prisión para su ex jefa. La acusa de amenazarla con denunciar que manipuló un examen si se presentaba a una oposición. La procesada lo niega.

T. RAMOS. CÁDIZ. La catedrática Carmen Estrada negó ayer que hubiese amenazado a la profesora Pilar Rodríguez, ambas de la Facultad de Medicina, con intención de evitar que ésta se presentase a la oposición para una plaza que aprobó otro profesor. Sostiene Rodríguez que Estrada le dijo que si acudía a la oposición, denunciaría que meses antes había manipulado el examen de un alumno para aprobarlo. Y que así lo hizo. Estrada dio ayer en el juicio otra versión de esos hechos que la han llevado al banquillo del Juzgado de lo Penal número 4: se sienta allí como procesada por un delito de coacción y amenazas porque la profesora denunciante, que ejerce la acusación particular, pide para ella dos años de cárcel y que la indemnice con 15.000 euros. La fiscal, en cambio, no ve delito alguno y reclama la absolución. Como la defensa.

La vista oral, que continuará hoy, aborda hechos ocurridos en 1998 a raíz de la convocatoria de una plaza docente: titular de escuela universitaria. Pilar Rodríguez, profesora asociada del Área de Fisiología y que sumaba nueve años de docencia en la UCA, acudió a la convocatoria. Y también otros dos profesores de su área.

Rodríguez afirma que a partir de ese momento, la responsable del Área de Fisiología, Carmen Estrada, entonces profesora titular y hoy catedrática, comenzó a acosarla y a pedirle que renunciase a presentarse al concurso oposición. Que Estrada pretendía así favorecer a uno de los otros dos profesores: un discípulo becario. Y que no dudó, para conseguirlo, en lanzarle una amenaza directa: que si no renunciaba a presentarse a la plaza, denunciaría que había manipulado un examen de la convocatoria de febrero de 1998, lo que provocaría la apertura de un expediente académico y el final de su carrera universitaria.

La ex profesora Rodríguez llegó a presentar un escrito en el Rectorado en el que renunciaba a la plaza. Y continuó como profesora asociada en Medicina. Pero después, en noviembre de 1998, optó por presentarse a la oposición, que ganó el otro candidato. Y pocos días después, la catedrática Carmen Estrada presentó un escrito en el Rectorado en el que denunciaba que Pilar Rodríguez había cometido meses atrás una irregularidad con un examen. Tras la oposición, Rodríguez dejó de ser profesora y entabló un contencioso en el que cuestiona el resultado de la oposición ganada por su antiguo compañero de área y reclama la plaza para ella. Al tiempo, un juzgado abrió diligencias por el asunto del examen manipulado. Y ella presentó la denuncia por amenazas que ha llevado al banquillo a Estrada.

La catedrática contó ayer ante el juez su versión sobre lo ocurrido. Y vino a relatar que la plaza fue convocada precisamente para Pilar Rodríguez: que el Área de Fisiología así lo había decidido porque le tocaba a ella.

¿Le tocaba a ella? y ¿el Sr. juez no interrumpió la sesión para encarcelar a la relatante? y ¿la fiscal no ve delito? ¿serán los carnavales de Cádiz?

Y que si acudieron a la convocatoria otros dos profesores del área (el que luego obtuvo la plaza y otro no llegó al examen) fue en realidad por una estratagema habitual: para ahuyentar a candidatos procedentes de otras universidades. Que ninguno de ellos pensaba presentarse cuando llegase la hora de la oposición, en la que estaría sola Pilar Rodríguez.

¡Ahuyentar a candidatos de otras universidades? hemos llegado a tal nivel de corrupción que ciertas cosas se cuentan como ¡lo más natural del mundo!

Ése era el plan, contó Estrada. Un plan que se estropeó, dijo, cuando a principios de 1998 el área descubrió que alguien había manipulado el examen de un alumno

En una noticia del mismo diario se indica que se trataba del hijo del decano de Medicina.

y luego Rodríguez admitió, llorando, que lo había hecho ella. La catedrática explicó que fue a comunicar lo que había ocurrido al Rectorado, que se lo dijo a Ramón Cózar, entonces responsable del secretariado del Profesorado, y que después Rodríguez misma, arrepentida, reconoció ante Cózar la irregularidad, que incluso planteó irse de la UCA y que Cózar le dijo que no lo hiciese y que había que afrontar el asunto con tranquilidad.

¡Tela!

La alteración del examen fue solventada y el alumno que se había visto con una nota estupenda recibió un suspenso. Estrada comentó ayer que le había sorprendido lo burda que había sido la manipulación del examen, que le preguntó a Rodríguez por qué lo había hecho y que la profesora le respondió que no se lo había pedido nadie, que lo había hecho porque se llevaba mal con un profesor del área.

Días después, según el relato de la catedrática, Rodríguez le dijo que renunciaba a presentarse a la plaza, lo que a ella le pareció correcto porque consideraba que una docente que había cometido una irregularidad tan grave no debía acceder a una plaza de funcionaria. Y más adelante, explicó, ella mantuvo una reunión con Cózar y el decano de Medicina, José Vílches, abordaron el asunto del examen, ella planteó abrir una investigación y ellos le pidieron que no lo denunciase por escrito y dijeron que lo mejor era dejar pasar el tiempo, silenciarlo: discreción en la UCA.

Luego llegó la oposición. Para que la plaza no se quedase vacante, el área propuso que se presentase el profesor que luego la aprobó, contó Estrada. Después, sorpresivamente, apareció en la oposición Pilar Rodríguez. Como Rodríguez no sacó la plaza, agregó, empezaron los rumores en la UCA. Que Estrada se la había jugado y había apoyado a su discípulo. Entonces, para acallar esos comentarios, el área comenzó a contar lo del examen. Y ella, aseguró, asesorada por un familiar abogado, presentó la denuncia escrita en el Rectorado para que no se la considerase cómplice de la manipulación que, insistió, había hecho Pilar Rodríguez.

Premio para el que encuentre relación entre la anterior noticia y la aparecida en "La Razón Digital", el 5 de noviembre de 2003.

Las universidades dejan vacantes de docentes sin cubrir por el riesgo de no poder escogerlos. Los rectores siguen disconformes con el que fue uno de los puntos más espinosos de la Ley Orgánica de Universidades y han pedido que se lleven a cabo una serie de cambios para mejorar el sistema de habilitación nacional del profesorado que, en algo más de un año de existencia, «no ha logrado ponerse en marcha a un ritmo deseable».

Es decir, que como ahora resulta algo más difícil la designación a dedo del profesorado universitario, nuestros magníficos rectores están muy preocupados y no convocan plazas por el riesgo de que candidatos bien cualificados, pero foráneos, nos invadan. ¡Nuestra sagrada autonosuya no puede permitir tal desafuero! ¿Será cierto, como dice la noticia, que ese sea todo el problema de la LOU?

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Manifiesto por un Jurado Público, soberano y competente

"AJURA" Asociación de apoyo al Jurado Público

La Justicia penal, en España, se ha quedado vieja. De hecho, se rige por una Ley de 1882. Se trata de un cuerpo legal fosilizado en el tiempo que ha resistido todos los embates de la Historia hasta hoy y que la Constitución de 1978 no ha logrado derogar. Estamos hablando de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr). Todas las leyes básicas del Estado de Derecho han dado a luz textos modernizados y adaptados a las exigencias de los Derechos Humanos, Civiles y Políticos. La LECr, en su espina dorsal, se ha mantenido incólume. Seguramente debe ser la Ley que más modificaciones ha sufrido y que, seguramente, seguirá sufriendo más con el paso del tiempo. Durante sus 121 años de vida ningún Gobierno, de derechas, de centro o de izquierdas se ha planteado su derogación sustituyéndola por un texto nuevo y moderno. En resumen: la LECr. ha resistido a todos los regímenes políticos. En conclusión: la Justicia penal tiene pendiente la asignatura de democratización.

Por su longevidad se podría llegar a pensar que es tan buena, y tan válida, que merece conservarse. No es así. La LECr. es, en realidad, el instrumento punitivo del Estado, que no de la sociedad. Como tal, fundamentalmente es una Ley de privilegios.

El primero de ellos es que son los jueces, unipersonales o colegiados, los que tienen el poder omnímodo para determinar, antes de abrir cualquier causa, lo que es delito y lo que no lo es (Art. 313). Este es el privilegio de pre-juzgar sin ni siquiera entrar a conocer.

El segundo, es la atribución de un pre-"proceso" que es la Instrucción. Esta institución representa la llave de la puerta del proceso, de cualquier causa o imputación. La misma está asignada, por lo general, a un Juez unipersonal que decide la preparación de las pruebas de cargo contra el acusado, con cierta colaboración de la policía, las sugerencias telegráficas del Mº Fiscal y la participación de las partes que tienen, en realidad, muy limitada su actuación pues las determinaciones principales son criterio, y arbitrio, del Juez de Instrucción. Después, esa causa es juzgada por otro Juez, unipersonal o colegiado, vinculado a la Instrucción, en una vista pública que, gracias a la Constitución, las partes están amparadas mayormente por ciertas garantías.

Pues bien, durante 121 años las modificaciones substanciales a estos privilegios han sido dos pero de signo contrapuesto:

La principal es la institución del Jurado Público para juzgar cierto tipo de delitos graves, entre los que no figura la acción penal por delito de prevaricación contra Jueces y Magistrados. No obstante, más del 95 % de los procesos penales están fuera de la órbita del Jurado. La Ley del Jurado se aprobó, en su día, a contrapelo de los partidos conservadores y, sobre todo, del Poder Judicial que veía en esta Institución el Caballo de Troya contra sus privilegios y corporativismo, es decir, como peligrosa amenaza. De hecho, en nuestra Historia coincide el Jurado Público con las épocas de regímenes progresistas y su derogación con los conservadores o dictatoriales. Esto no quiere decir que, hoy, en la corporación judicial no existan miembros convencidos de la necesidad del Jurado Público.

De signo opuesto están hoy, en los vientos que corren de legislar al albur de una alarma social industrializada y mediatizada, la suma de privilegios para reforzar, y fortalecer, el papel unipersonal del Juez de Instrucción atribuyéndole unas facultades de excepción para acelerar la instrucción en tiempos record y, por otra parte, para juzgar la determinación de medidas cautelares que afectan a los intereses vitales y fundamentales de las personas. Son las llamadas leyes urgentes de "genero", cuyo número no ha dejado de progresar, y los juicios veloces que, en realidad, su "mejor" factura es la alta estadística de conformidades del acusado con la imputación ya que así, al menos, se "ahorra" un tercio de la condena nominal y no va a la cárcel. Vana ilusión porque la próxima reforma de la prisión provisional convertirá en un espejismo esa "ventaja".

Luego están lo que podríamos denominar "zancadillas" jurídicas, trabas o baremos que se han impuesto en el régimen de los recursos con el único objetivo de aplicar la tijera a la funesta manía de los españoles, (parafraseando a D. Fernando VII...que en paz descanse),de recurrir por recurrir cualquier resolución judicial. Hay que esperar que esta tendencia no remita, en absoluto.

Sin embargo, los hechos suelen ser tozudos, poco fáciles de persuadir que sean de otra manera y, aunque se pueden manipular todos durante un tiempo, con todos ellos no se puede engañar a un pueblo durante todo el tiempo. Los hechos dicen que la llamada Administración de Justicia sencillamente no funciona, cada día hay más conflictividad social y más gente descontenta, produciéndose progresivamente fenómenos sociales, dementes, salvajes y bárbaros, tan complejos que tienen difícil tratamiento jurídico o represivo, aunque la factura por estos conceptos no deje de aumentar.

Baste una breve estadística real sobre los tozudos hechos. De principio, y a modo genérico, la estadística comparativa ( pasado y presente) de asuntos relacionados con la Administración de Justicia no ha dejado, año tras año, de dispararse en aumento, que no en retroceso. Los 7 millones de pleitos que se instaron en 2002, contienen un aumento del 5 % respecto al año anterior. 5 millones fueron penales que, también, sufrieron incremento comparativo anual. Ya este dato es muy ilustrativo.

Según el CIS, en 1992 (última encuesta) sólo era posible encontrar un 3 % de españoles que afirmaban que los jueces les inspiraban mucha confianza. Al 12 % no les inspiraba ninguna confianza y, entre los de "regular" y poca sumaban el 55 %. En la misma fecha, y sobre la imparcialidad de los Jueces, también un 55 % puso en duda esa virtud judicial. Y, finalmente, respecto al funcionamiento de la maquinaria judicial el 7 % decía que mal y fatal el 31 y 7 %, respectivamente, y un 26 % que "regular". No obstante, entonces, un 17 % de españolitos, todavía, no opinaba sobre esta última cuestión. Sería interesante disponer de los datos, al respecto, en 2003... ¡Paciencia, llegará...!

Si hablamos de registros, nada mejor que mirar los del Tribunal Constitucional ya que éste es el último eslabón desesperado de la cadena impugnativa. En 1999 al Alto Tribunal amparador de los derechos fundamentales de los españoles le llegaron 5.651 recursos ( 5.582 propiamente de amparo). De éstos, sólo se admitieron ¡¡¡224!!!....Debe tenerse en cuenta que el 42% de los recursos de amparo provenían de la jurisdicción penal. Ya se sabe que la mayoría de los recursos de amparo los interponen personas particulares.

Un dato ilustrativo es que el 74, 96 de los recursos de amparo presentados lo fueron por presunta vulneración de la tutela judicial efectiva y, por ejemplo, el 12, 49 % lo fueron para reivindicar el principio de presunción de inocencia.

Pues bien, en el 2002 el T.C. recibió 7.456 recursos, el 97, 71 % lo fueron de amparo y se admitieron ¡¡¡179!!!. Ahora bien, la admisión nada tiene que ver con la resolución definitiva, pero es fácil imaginar que se cuentan con los dedos de la mano los que obtuvieron resolución favorable.

Cerrando la estadística instructiva, ésta " cojea", ¡obviamente!, en ofrecer datos a los españoles sobre los registros de las demandas, de particulares, por responsabilidad patrimonial del Estado, por mal funcionamiento de la Admón. de Justicia o por error judicial. Si dispusiéramos de tales datos la radiografía del Poder Judicial nos permitiría poder observar, con un diagnostico más acertado, esta crónica enfermedad. No obstante, los síntomas de la dolencia ofrecen pocas dudas de la necesidad de administrar la medicina a una Justicia anclada en 1882.

Ahora, presenciamos el fenómeno, muy común entre el genero humano, de buscar un culpable. ¡La Justicia necesita un culpable!. Vivimos unos tiempos en el que los responsables de los desafueros se han aprendido la lección de como adoptar el papel de victimas. El último refugio de las victimas era vivir con esa cualidad, estoicamente. Sin embargo ser victimas implica que hay culpables. Hoy, eso, no se puede permitir. Por tanto, el culpable de males que arrastran desde 1882 es el JURADO PÚBLICO, es decir, una Ley con 8 años de edad, por sus "errores" al juzgar, condenando a una inocente y absolviendo a un bandido. ¡Ya lo dijimos..!, dicen...No hay nada más fácil que vapulear al Jurado Por tanto, hay que poner coto a la licencia y que las aguas vuelvan a sus cauces, ¡ que es de donde no debían haber salido!. Aprovechando la ocasión el Ministro responsable de la Seguridad dice: " ¡Esto no nos va a volver a ocurrir pues vamos a fichar a todos los sospechosos!".

Solución, dice el C.G.P.J.: 1) repescar para un tribunal de Magistrados profesionales a los justiciables que, ahora son absueltos si, tras 2 juicios con Jurado, no se obtiene un veredicto, y 2) introducir en el Jurado a jueces profesionales.

En definitiva: convertir una causa en permanente hasta que no se obtenga condena e instituir el ascendiente tutelado de los mismos pero, ahora, con denominación de jurados.

Sin embargo, la realidad es que desde la reinstauración el jurado, en 1996, los primeros estudios de seguimiento concluyeron en un índice de absoluciones y condenas similar a las que se daban en los tribunales profesionales, considerando que, desde esa fecha, los Jurados Públicos, han entendido de 2.400 juicios. Y, esto, es realmente lo que escuece, intentando ocultarlo detrás de la cortina de humo del caso Otegui y Dolores Vazquez.

Esta claro que la Ley del JURADO PÚBLICO hay que reformarla y modificarla. EN ESTO ESTAMOS ABSOLUTAMENTE DE ACUERDO. No se trata de vapulearla sino de someterla a una AUTENTICA REFORMA Y MODIFICACIÓN.

En definitiva, la profesión de juzgar es una actividad laboral de riesgo que no nos parece benevolente dejarla en manos de Jueces y Magistrados porque errar es humano y ven mejor 18 ojos que dos, o seis. Además, es muy duro el dicho bíblico " No juzgues y no serás juzgado". Por estas, y por otras muchas razones, la soberanía y facultad de juzgar debe recaer en el pueblo, es decir, en el JUZGADO PÚBLICO, un colectivo de seres corrientes donde se diluye tamaña responsabilidad. Al fin y al cabo todos son responsables pero ninguno en particular.

Los Jueces y Magistrados deben limitarse a aplicar la Ley, y cuidar que se cumpla, que esto no tiene muchos riesgos y, para eso, nuestros Jueces y Magistrados han estudiado mucho tiempo. A cada uno lo suyo. EL CIUDADANO TIENE DERECHO A PARTICIPAR EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA CONTRIBUIR A EVITAR QUE SE ADMINISTRE LA INJUSTICIA. ES UN DERECHO FUNDAMENTAL Y VITAL.

CONCLUSIONES FINALES: Evidentemente sería muy pretencioso que las primeras Asociaciones que firmamos este manifiesto ofrezcamos la receta de cómo se debe reformar y modificar la LEY DEL JURADO PÚBLICO pues ello merece un DEBATE PÚBLICO y la necesaria aportación de personas entendidas y sensibilizadas por el derrotero que está tomando la Administración de Justicia. Ahora bien, no sería coherente que los que hemos tomado la iniciativa de redactar el presente no ofreciéramos nuestras sugerencias. Estas son:

1ª) El Jurado debe ser público, es decir, popular formado por personas corrientes, con unos requisitos mínimos de selección, que garantice su imparcialidad, su sentido común y su ecuanimidad y, colectivamente, tiene que ser representativo del espectro social

2ª) El Jurado no tiene porque juzgar a sus convecinos ya que, ello, en la práctica constituye un inconveniente en orden a la imparcialidad, es decir, puede trasladar su función a otra localidad.

3ª) El jurado no tiene porque motivar sus veredictos ya que no es su papel. Son los jueces profesionales los que deben asumir la motivación legal de la sentencia.

4ª) No es incompatible con la naturaleza de la institución, ni con su finalidad, que, en una primera fase, esté formado por voluntarios que guarden los requisitos de elección y tenga cierta permanencia en el tiempo sin que, en ningún caso, pueda darse la circunstancia de profesionalización.

5ª) El Jurado tiene que ser soberano y ello exige que tenga competencia para juzgar los delitos que disponga la ley sin discriminación respecto a los presuntos autores.

6ª) La institución del Jurado tiene que estar dotada de los suficientes y adecuados medios que permita la dedicación y que la pertenencia al mismo no suponga un perjuicio aquellos que lo constituyen.

7ª) El Jurado debe ser competente y, por tanto, sujeto a formación, mediante cursos adecuados a su función. No sabemos si escabinado o escandinavo pero sí, en su selección deben incluirse personas con formación jurídica sin necesidad de que se introduzca a jueces profesionales que derivaría en una tutela inadmisible por su inevitable ascendente. Estamos convencidos de que la sociedad es tan diversa como para poder ser cantera de colectivos con aceptable nivel de calidad.

8ª) El Jurado tiene que estar asistido, de manera multi- disciplinar, por profesionales que abarquen todas las áreas de ayuda a su función.

9ª) La transición hacia un verdadero Jurado público, soberano y popular no podrá darse con éxito si no se acomete la reforma del estatuto del Mº Fiscal, dotándolo de autonomía y de medios, bastantes y suficientes, para que pueda ejercer su función de acusador público responsable, lo que obliga a capacitarlo con personal y técnicas de investigación, y mediante la vinculación al mismo de un cuerpo de Policía Judicial especializado y con dedicación exclusiva. El Mº Fiscal puede estar vinculado a la política judicial del Gobierno, pero su elección y funcionamiento debe estar controlado por el Parlamente y su estatuto de autonomía.

10ª) Debe promulgarse una Nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, adaptada a las exigencias de nuestro tiempo (2003), con los imprescindibles procedimientos garantizando los derechos fundamentales del ciudadano y que permita el desarrollo de los procesos con agilidad sin merma de seguridad jurídica. Por tanto, deberá desaparecer el actual Juzgado de Instrucción, con las competencias que tiene desde 1882, siendo, fundamentalmente, el papel del Juez de Instrucción que la investigación y la imputación se realice con las garantías debidas.

11ª) Es ante el Jurado Público donde se deben presentar las pruebas, de cargo y de descargo, en un juicio oral público, en unidad de acto restringiendo las pruebas preconstituidas pues solo el oral constituye el verdadero juicio, con plena libertad de las partes y siendo el Presidente del Tribunal al que le incumbe que se respete las exigencias de un juicio legal, limpio y justo.

12ª) Como garantía para el ciudadano de que la Administración de Justicia debe tener un buen funcionamiento tiene que promulgarse la Ley de Responsabilidad del Estado por la Administración de Justicia, que contenga un Baremo, como en los accidentes de automóviles, que vincule su aplicación a Jueces y Magistrados, y en el que se valoren las indemnizaciones que corresponden al ciudadano cuando sufra un accidente, o incidente, en su paso por Tribunales y Juzgados. Es decir, que el mal funcionamiento, las dilaciones indebidas, los errores judiciales, etc, con todo su espectro de circunstancias reales, fijen la correspondiente indemnización que será exigible ante el mismo Juzgado o Tribunal, sin necesidad de peregrinar por los diferentes estamentos estatales, en una especie de Vía Crucis, cuyo Monte del Calvario final son 3 cts de Euro, concedido a regañadientes, por haber pasado un mes de cárcel sin ton ni son. Se trata de una responsabilidad civil objetiva, de carácter extracontractual que, en modo alguno, es una cuestión personal contra el Juez o Magistrado.

Si compartes la intención de este Manifiesto adhiérete al mismo
ajura-ong@terra.es
y difúndelo

Si, además, puedes enriquecer, con tus propuestas, su texto háznoslas llegar. Pretendemos, ante todo, un debate público hasta conseguir un proyecto de bases para la reforma y modificación de la LEY DEL JURADO PÚBLICO y, así, entre todos hacer campaña a favor de una NUEVA LEY DEL JURADO PÚBLICO QUE DEMOCRATICE LA JUSTICIA.

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RECORTES

Las oposiciones del «arriba españa»

Amando De Miguel. Diario "La Razón". Viernes 24 de octubre de 2003.

Así se llamaron, con sarcasmo, las oposiciones a cátedra después de la guerra civil. Los excombatientes, por serlo, conseguían fácilmente la plaza. Los votos estaban perfectamente predeterminados por la adhesión al Movimiento. Algunos, incluso, se presentaban a los ejercicios vestidos de uniforme, caqui o negro-azul, con el pistolón al cinto.

En 1969 había ya un tribunal profesional presidido por Luis Sánchez Agesta. Recibió una llamada de Carrero Blanco: «Mientras yo viva, ese bandido (por mí) no será catedrático». Saqué la plaza por unanimidad, debido a un sorprendente y meritorio plante del tribunal ante las pretensiones de Carrero. Eran los amenes del franquismo. Sin embargo, el Ministerio retrasó todo lo que pudo mi nombramiento. Sólo se pudo hacer después de muerto Carrero. La increíble historia la cuento en mi reciente libro El final del franquismo. Testimonio personal (Marcial Pons).

Creía yo fenecido el sistema de las oposiciones del «arriba España», pero la Historia se repite como farsa. Acabo de ser testigo de unas oposiciones a cátedra. El presidente anima a los participantes (más de dos docenas) a que asistan a los ejercicios de sus compañeros, pero casi todos se resisten a ello. La mayor parte de los ejercicios se desarrollan con una desoladora ausencia de público. Un candidato argumenta en privado: «No vale la pena asistir a la comedia; el voto está decidido por y para el bloque de la izquierda». Me resisto a creer que haya tal determinación. Pero el desarrollo de los ejercicios me pisotea la inocencia. El segundo ejercicio consiste en la exposición de una investigación realizada e inédita, cosa que cumplen casi todos los participantes. Precisamente, los dos que van a recibir el voto más comprometido de la izquierda no presentan más que unas hojillas. En algún caso las hojillas son sólo un índice de un trabajo que es más bien un informe político. El tercer candidato favorecido presenta una investigación canónica pero con notables manquedades científicas. Casualmente, los tres aludidos realizan el correspondiente ejercicio arropados por un público de notable significación política, en algún caso con altos cargos de la etapa socialista. El resultado te lo puedes imaginar: los tres con ejercicios tan discutibles, pero con el voto previamente comprometido, sacan la plaza. Es la supervivencia de las oposiciones del «arriba España» pero como caricatura. Lo fundamental sigue siendo que las oposiciones se determinan previamente por las afinidades políticas. No la bondad de los ejercicios, ni siquiera la ejecutoria de una escuela científica.

Me dirás que mi argumento resulta fantasioso. Pero tengo la prueba de que no es así. Este texto fue conocido previamente por los miembros del tribunal. Ellos podrán corroborar que fue escrito un día antes de la votación. Saber para prever.

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Vivat Academia, revista del "Grupo de Reflexión de la Universidad de Alcalá" (GRUA).
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Última modificación: 11-04-2004