Los dominios '.es' han empezado a admitir desde las 6.00 horas de esta madrugada caracteres propios del castellano como la letra 'ñ' y otros de las lenguas oficiales, tales como la cedilla ('Ç'), la 'l' geminada ('l·l'), así como las diéresis y las tildes. FUENTE: Agencia EFE (02/10/07) Según ha informado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a partir de esa hora los caracteres propios del castellano, catalán, euskera y gallego podrán incluirse en el registro de dominios '.es', conforme al compromiso adquirido por el Gobierno en la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados. La entidad pública empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Industria, a los Agentes Registradores Acreditados, los caracteres que podrán incorporarse a los dominios '.es' son los siguientes: 'á', 'à', 'é', 'è', 'í', 'ì', 'ó', 'ò', 'ú', 'ü', 'ñ', 'Ç' y 'l·l'. El registro de estos caracteres se pondrá en funcionamiento de forma escalonada. Durante la primera fase, que concluirá el 30 de octubre a las 18.00 horas, sólo podrán solicitar la versión multilingüe los titulares de nombres de dominio registrados antes del 1 de junio de este año. La segunda fase, que tendrá lugar a partir del 30 de octubre, permitirá la solicitud de nombres multilingües a todos los usuarios que así lo soliciten. Una vez que haya pasado el plazo de solicitud de los titulares con preferencia, se abrirá el registro de dominios multilingües, cuya asignación se decidirá por orden de llegada de la solicitud y en función de los que queden libres. Volver al principio de la noticia Volver al principioVarapalo de la UE al canon digital españolEl canon sobre soportes digitales no puede cobrarse indiscriminadamente. La Administración y las empresas no deberían satisfacer el canon en sus compras de soportes y aparatos porque no los emplearán para almacenar obras con derechos de autor. Ésta es la tesis que defiende el comisario europeo de Mercado Interior, Charlie McCreevy, en su respuesta a una pregunta del eurodiputado de Iniciativa Raúl Romeva. Según McCreevy, sólo deberían estar sometidos a canon aquellos productos que vayan a utilizarse "en medida apreciable" para hacer copias de uso privado. Publicado en El País Digital 01/10/2007 El movimiento Todoscontraelcanon remitió ayer esta respuesta a Industria y Cultura para que interrumpan la aplicación del canon. Justicia, por ejemplo, paga el canon por la documentación digital de los juicios. Sólo en la jurisdicción civil y hasta 2005 ha empleado millón y medio de CD. Todoscontraelcanon mostró ayer su satisfacción por "el respaldo que nos muestra la Comisión Europea". Pedro Farré, director de Relaciones Institucionales de la Sociedad General de Autores (SGAE), manifestó a este diario que las sociedades de gestión no se han opuesto a una excepción de esta naturaleza siempre que el control sobre el uso de los soportes digitales sea eficaz. "Podría contemplarse que la Administración no pagara el canon si introduce controles eficaces sobre el empleo de sus soportes digitales. De todos modos, resultarían más caras estas medidas que el pago del canon". Farré previene que en el cálculo sobre el importe del canon se ha tenido presente que la Administración lo paga. "Si se la exime, el canon de los particulares debería subir la cuantía". Con respecto a las empresas privadas, considera más polémico un control público del uso que hagan de los cedés adquiridos. Farré ve imposible que la inminente orden ministerial que fijará las nuevas tarifas del canon pueda contemplar alguna excepción "porque requiere una negociación". Por otra parte, el PSOE ha enmendado la llamada Ley de Internet (LISI) para limitar a los jueces la facultad de cerrar webs "cuando colisionen con la libertad de expresión". Con todo, la Asociación de Internautas critica que en el resto de supuestos, la ley sigue permitiendo a "órganos competentes" el cierre de una web. Volver al principio de la noticia Volver al principio |
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